La seguridad minera en Perú no es un aspecto complementario de la operación: es un requisito legal, una obligación ética y un factor determinante en la sostenibilidad de cualquier proyecto. La minería es una de las actividades económicas con mayor exposición a riesgos laborales, y Perú, como uno de los principales productores de minerales del mundo, cuenta con un marco normativo específico que regula las condiciones de seguridad en la mina con un nivel de detalle que pocos sectores productivos tienen.
El Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería (D.S. N° 024-2016-EM) tiene como objetivo prevenir la ocurrencia de incidentes, incidentes peligrosos, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, promoviendo una cultura de prevención de riesgos laborales en la actividad minera. CA
Esta guía recorre los factores esenciales que toda empresa del sector minero industrial debe considerar para implementar un sistema de seguridad en minería conforme a la normativa peruana y alineado con las mejores prácticas internacionales.
Marco normativo de la seguridad minera en Perú
El primer factor esencial es conocer a fondo el marco legal que rige la seguridad minera e industrial en el sector. En Perú, la normativa es robusta y específica para la actividad minera.
Norma | Qué establece |
Ley N° 29783 | Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Marco general para todos los sectores |
D.S. N° 024-2016-EM | Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería. Norma sectorial principal |
D.S. N° 023-2017-EM | Modificatoria del D.S. 024. Ajustes a diversos artículos y anexos |
D.S. N° 034-2023-EM | Modificatoria más reciente. Incorpora gestión de depósitos de relaves y otras disposiciones |
Ley N° 29981 | Crea la SUNAFIL como autoridad de fiscalización laboral |
Autoridades competentes
La fiscalización de la seguridad en la mina en Perú involucra múltiples instituciones, cada una con un ámbito de competencia definido:
Autoridad | Competencia |
Ministerio de Energía y Minas (Dirección General de Minería) | Autoridad minera en materia de política y normativa de SSO |
SUNAFIL | Supervisión y fiscalización de SSO en Gran y Mediana Minería |
OSINERGMIN | Fiscalización de seguridad de la infraestructura en Gran y Mediana Minería |
Gobiernos Regionales (Gerencias de Energía y Minas) | Fiscalización en Pequeña Minería y Minería Artesanal |
Los 8 factores esenciales para implementar seguridad minera
1. Sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional
Todo titular de actividad minera debe implementar un sistema de gestión de SSO que integre política, planificación, organización, ejecución, verificación y mejora continua. El reglamento tiene por finalidad fomentar una cultura de prevención para que toda la organización interiorice los conceptos de prevención y proactividad, promoviendo comportamientos seguros. RPB Industrial
Este sistema debe incluir, como mínimo, un Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional con objetivos medibles, responsables asignados, cronograma de actividades, presupuesto y mecanismos de seguimiento.
2. Identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER)
La IPER es la columna vertebral de la seguridad en minería. Cada actividad, proceso y área de la operación debe tener sus peligros identificados, sus riesgos evaluados y sus controles definidos. En minería, los riesgos son particularmente diversos y críticos:
Tipo de riesgo | Ejemplos en operación minera |
Geomecánico | Derrumbes, caída de rocas, inestabilidad de taludes |
Químico | Exposición a polvo de sílice, cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, gases tóxicos |
Físico | Ruido, vibración, radiación, temperaturas extremas, iluminación deficiente |
Mecánico | Atrapamiento por maquinaria, golpes, proyección de fragmentos |
Eléctrico | Contacto con líneas energizadas, arco eléctrico |
Ergonómico | Sobreesfuerzo, posturas forzadas, movimientos repetitivos |
Caídas | Trabajo en alturas, en chimeneas, en tajos abiertos con bancos |
Atmosférico | Deficiencia de oxígeno, acumulación de gases en labores subterráneas |
La IPER debe actualizarse cada vez que cambien las condiciones de operación, se incorporen nuevos procesos o se registre un incidente significativo.
3. Gestión de trabajos de alto riesgo (PETAR)
En minería, muchas actividades clasifican como trabajos de alto riesgo y requieren un Permiso Escrito de Trabajo de Alto Riesgo (PETAR) antes de su ejecución. Entre estas actividades se encuentran: trabajo en espacios confinados, trabajo en caliente, trabajo en alturas, trabajo con energías peligrosas (bloqueo/etiquetado), excavaciones, manipulación de explosivos y trabajo cerca de instalaciones eléctricas de alta tensión.
El PETAR no es un trámite burocrático. Es una herramienta de verificación que obliga a confirmar que los controles están implementados antes de que el trabajador quede expuesto al riesgo.
4. Equipos de protección personal (EPP)
El EPP es la última barrera de protección en la jerarquía de controles, pero en minería su papel es particularmente crítico. Las condiciones de operación en la mina exigen equipos especializados y de alta calidad.
Zona de protección | EPP típico en minería |
Cabeza | Casco de seguridad con barbiquejo, lámpara minera (en subterránea) |
Ojos y cara | Gafas de seguridad, monogafas contra polvo, caretas para soldadura |
Oídos | Tapones auditivos, orejeras (en áreas con perforación, chancado, molienda) |
Respiratorio | Respiradores con filtros P100 para polvo de sílice, equipos SCBA para emergencias, autorescatadores |
Manos | Guantes anticorte, guantes para químicos, guantes térmicos |
Pies | Botas de seguridad con puntera y suela resistente a hidrocarburos |
Cuerpo | Ropa de alta visibilidad, ropa resistente a abrasión, arnés de cuerpo completo para trabajo en alturas |
Protección contra caídas | Arnés, línea de vida, conectores, puntos de anclaje certificados |
El D.S. 024-2016-EM exige que el titular de actividad minera proporcione EPP adecuado al riesgo, que los equipos cuenten con certificaciones reconocidas y que el personal sea capacitado en su uso, limitaciones y mantenimiento.
5. Capacitación y competencia del personal
La capacitación es uno de los factores que más impacto tiene en la reducción de accidentes y también uno de los que más hallazgos genera en las fiscalizaciones. El reglamento establece requisitos específicos de formación que incluyen:
- Inducción general y específica para todo trabajador nuevo antes de iniciar labores.
- Capacitación trimestral como mínimo en temas de seguridad y salud ocupacional.
- Entrenamiento específico para actividades de alto riesgo (espacios confinados, trabajo en alturas, manejo de explosivos, rescate minero).
- Capacitación en uso correcto de EPP, incluyendo limitaciones y criterios de reemplazo.
- Simulacros de emergencia con frecuencia establecida.
- Entrenamiento de brigadas de rescate minero.
Toda capacitación debe documentarse con registros de asistencia, contenido impartido, evaluación de comprensión e identificación del instructor.
6. Ventilación y control de atmósferas en minería subterránea
En operaciones subterráneas, la ventilación es un factor de seguridad en la mina que puede determinar la supervivencia del trabajador. El reglamento establece requisitos específicos sobre caudal mínimo de aire por trabajador, monitoreo continuo de gases (oxígeno, metano, CO, CO2, gases nitrosos), control de polvo en suspensión y sistemas de ventilación de emergencia.
El control de la calidad del aire incluye la verificación de que el aire respirable cumpla con parámetros seguros de oxígeno (mínimo 19.5%) y que los contaminantes se mantengan por debajo de los límites de exposición ocupacional. En operaciones donde se utilizan equipos de respiración autónoma (SCBA/ERA), el aire comprimido debe cumplir con los requisitos del Grado D según CGA G-7.1.
7. Preparación y respuesta ante emergencias
Toda operación minera debe contar con un Plan de Preparación y Respuesta ante Emergencias que contemple los escenarios de riesgo específicos de la mina. Este plan debe incluir:
- Procedimientos para cada tipo de emergencia (derrumbe, incendio, inundación, fuga de gases, accidente vehicular, emergencia médica).
- Brigadas de rescate minero conformadas, entrenadas y equipadas.
- Equipos de salvamento y rescate disponibles y en condiciones operativas.
- Sistemas de comunicación de emergencia.
- Rutas de evacuación señalizadas y refugios mineros (en minería subterránea).
- Simulacros periódicos con participación de todo el personal.
- Coordinación con servicios externos de emergencia.
8. Investigación de incidentes y mejora continua
Cada incidente, incidente peligroso y accidente de trabajo debe investigarse para identificar sus causas raíz y definir acciones correctivas que eviten su repetición. El D.S. 024-2016-EM establece formatos específicos para la notificación e investigación de accidentes mortales, accidentes incapacitantes e incidentes peligrosos.
La investigación no debe limitarse a asignar culpas, sino a entender qué falló en el sistema de gestión: si el peligro estaba identificado, si los controles eran adecuados, si el personal estaba capacitado, si el EPP era el correcto y si los procedimientos se cumplieron.
Checklist de implementación de seguridad minera
| Factor | ¿Implementado? | Observaciones |
| Sistema de gestión de SSO documentado y aprobado | ☐ | Incluye política, objetivos, programa anual |
| IPER actualizada para cada área y actividad | ☐ | Con controles definidos y comunicados |
| Procedimientos para trabajos de alto riesgo (PETAR) | ☐ | Espacios confinados, alturas, caliente, bloqueo/etiquetado |
| EPP adecuado al riesgo, certificado y en buen estado | ☐ | Con registros de entrega, inspección y capacitación |
| Programa de capacitación con registros actualizados | ☐ | Inducción, trimestrales, específicas por riesgo |
| Sistema de ventilación y monitoreo de gases (subterránea) | ☐ | Caudales, detectores, registros de medición |
| Plan de emergencias con brigadas entrenadas y equipadas | ☐ | Simulacros documentados, equipos de rescate operativos |
| Procedimiento de investigación de incidentes | ☐ | Con análisis de causa raíz y seguimiento de acciones |
| Comité de SSO constituido y activo | ☐ | Con actas de reuniones y seguimiento de acuerdos |
| Registros de inspecciones periódicas | ☐ | Equipos, instalaciones, EPP, extintores, señalización |
Errores comunes en la implementación de seguridad minera
- Tratar la seguridad como un departamento y no como un sistema. La seguridad minera es responsabilidad de toda la organización, desde la alta gerencia hasta el operador de campo. Cuando se delega exclusivamente al área de seguridad, el resto de la operación se desvincula.
- IPER desactualizada o genérica. Una matriz de riesgos que no refleja las condiciones reales de la operación no cumple su función. Cada cambio de proceso, equipo o condición debe reflejarse en la IPER.
- Capacitación sin evaluación de comprensión. Firmar una lista de asistencia no garantiza que el trabajador haya entendido el contenido. La capacitación debe incluir evaluación y, en actividades críticas, demostración práctica.
- EPP genérico para toda la mina. Cada área y tarea tiene riesgos distintos. El EPP del área de chancado no es el mismo que el de la zona de voladura o el del laboratorio químico.
- Simulacros sin análisis posterior. Un simulacro que no se evalúa ni genera lecciones aprendidas pierde su valor preventivo. Cada ejercicio debe documentarse con fortalezas, debilidades y acciones de mejora.
- No investigar incidentes menores. Los casi-accidentes y los incidentes sin lesión son señales de advertencia. Investigarlos permite corregir fallas antes de que se conviertan en accidentes graves.
Implementar seguridad minera en Perú requiere mucho más que cumplir un checklist. Requiere un sistema de gestión vivo, una IPER que refleje la realidad de la operación, personal genuinamente capacitado, equipos de protección adecuados al riesgo y una cultura donde reportar un peligro sea tan natural como reportar una producción.
La normativa peruana, con el D.S. 024-2016-EM como columna vertebral, proporciona el marco. La diferencia entre una operación segura y una que acumula incidentes está en la disciplina con la que ese marco se implementa, se mantiene y se mejora cada día.

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Preguntas frecuentes sobre minería en Perú
¿Qué norma regula la seguridad minera en Perú?
La norma principal es el D.S. N° 024-2016-EM (Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería), modificado por el D.S. N° 023-2017-EM y el D.S. N° 034-2023-EM. Se complementa con la Ley N° 29783 (Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo) como marco general.
¿Quién fiscaliza la seguridad en las minas en Perú?
SUNAFIL fiscaliza las condiciones de SSO en Gran y Mediana Minería. OSINERGMIN fiscaliza la seguridad de la infraestructura minera. Los Gobiernos Regionales son competentes para la Pequeña Minería y Minería Artesanal.
¿Cada cuánto se debe capacitar al personal en seguridad minera?
El reglamento exige capacitación trimestral como mínimo en temas de SSO, además de la inducción obligatoria para trabajadores nuevos y entrenamientos específicos para actividades de alto riesgo.
¿Qué es el PETAR y cuándo se requiere?
El Permiso Escrito de Trabajo de Alto Riesgo es un documento que autoriza la ejecución de actividades con riesgo elevado (espacios confinados, trabajo en alturas, trabajo en caliente, bloqueo/etiquetado, entre otros). Se requiere antes de iniciar la actividad y debe verificar que todos los controles estén implementados.
¿Qué EPP es obligatorio en una operación minera?
Depende de los riesgos identificados en cada área. Como mínimo, en la mayoría de operaciones se requiere casco con barbiquejo, gafas de seguridad, protección auditiva, respirador adecuado al contaminante, guantes según el riesgo, botas de seguridad y ropa de alta visibilidad. En trabajo en alturas se suma el arnés de cuerpo completo con línea de vida.




